sábado, 16 de enero de 2010

Enviado: viernes, 15 de enero de 2010 05:04:14 p.m.

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Sres. Legisladores Nacionales.


Sres. Miembros de la Comisión Bicameral Permanente de Trámite LegislativAss: DNU 2010/09. Poner a disposición información relevante, alertar sobre graves riesgos financieros y la responsabilidad de los legislaDe mi consideración:


Estando a su consideración la decisión de rechazar o aprobar el DNU 2010/09, considero necesario aportarles información relevante que ha sido fundamento de la denuncia penal presentada en conjunto con el Dr. Ricardo Monner Sans y Javier Llorens el 28/12/09 ante la Justicia Federal, CNº 16.188/09 recaída en el Juzgado Federal Nº 3 del Dr. Rafecas, Fiscalia Nº 6 del Dr. Comparatore.
La esencia de esta presentación consiste en que en realidad, no existen reservas de libre disponibilidad en el Banco Central, como para destinarlas libremente al pago de la deuda, sin poner en riesgo la estabilidad del sistema monetario y financiero del país, de acuerdo a los fundamentos que expongo a continuación:
1. Apelando a maquillajes y trucos contables, el Banco Central ha inflado en forma notable la supuesta cuantía de las reservas que dispone. Esta responsabilidad le cabe directamente tanto al actual gobierno, como al licenciado Martín Redrado, y a los restantes directores, síndicos y auditores del Banco Central.
Esto lo logró últimamente en el curso de este año, en el marco de una sustancial fuga de divisas, mediante propender a la colocación de depósitos en dólares, y a la tenencia de dólares por parte de las entidades financieras (o sea mediante propender a una redolarización del país, de la que tanto nos costó salir desde el 2002 en adelante). De esa manera se infló por un lado la tenencia de divisas en el Banco Central en siete mil millones de dólares. Y por otro lado se desinfló en forma proporcional la base monetaria en pesos, que debería tener respaldo en divisas, conforme los retazos de la ley de convertibilidad aun vigente. De esta manera las reservas del Banco Central no serían de u$s 48 mil millones como se afirma oficialmente, sino que solo orillarían los u$s 40 mil millones.
2. Además de ello, el Banco Central se habría prestado a realizar en los años 2006 y 2007, sucesivas operaciones de triangulación de colocación de deuda, por un importe del orden de los u$s 4.500 millones, en connivencia con el ministerio de Economía, y con los bancos que no casualmente hoy son los beneficiados con el dictado del DNU 2010. Esta responsabilidad le cabría directamente al titular del anterior gobierno, Dr. Nestor Kirchner, y los funcionarios del ministerio de Economía, y también al licenciado Martín Redrado, y a los restantes directores, síndicos y auditores del Banco Central
Esta modalidad habría consistido en el depósito de reservas por parte del Banco Central en los antedichos bancos, las que mediante operaciones deliberadamente calzadas habrían sido destinadas a adquirir títulos de deuda que paralelamente emitía el Tesoro Argentino, eludiendo de esta manera los retazos de la ley de convertibilidad vigente, que prohíbe integrar las reservas con títulos públicos del Tesoro.

La Republica Argentina logro de esta manera obtener en esos momentos, tasas de interés razonables, del orden del 7 % anual, que después nunca más se concretaron, llegando a pagar el Tesoro más del doble de esas tasas. Existen múltiples indicios precisos y concordantes, respecto la existencia de estas maniobras de triangulación en la colocación de deuda entre el Banco Central y el Tesoro, que por razones de espacio no detallo en esta presentación. Pero los Srs. Legisladores pueden comprobar o no la existencia de esas operaciones calzadas, pidiendo al Banco Central un informe sobre las inversiones realizadas con las reservas, con el detalle de sus fechas y modalidades, y cuáles de ellas están atadas a instrumentos financieros derivados, rubro que este año ha comenzado a figurar en los balances del Banco Central. Esta información referida a la administración de reservas es absolutamente negada al público, razón por la que lamento no poder aportar mayores detalles al respecto.
De esta manera las reservas realmente disponibles por parte del BCRA, treparían solo a alrededor de los u$s 35 mil millones, o sea apenas por encima de la base monetaria equivalente a u$s 32 mil millones (122 mil millones de pesos). Al respecto cabe apuntar la existencia de un reciente informe del subgerente de Economía y Finanzas del Banco Central, Pedro Rabasa, quien manifestó al directorio de esa entidad que la experiencia de la Argentina “muestra de manera contundente que el respaldo de las reservas debe exceder la Base Monetaria para asegurar la estabilidad monetaria, financiera y cambiaria”.
3. Sin embargo esta cuestión de insuficiencia de reservas lamentable no acaba allí, sino que se agrava sustancialmente. El Banco Central, que tenía prohibido emitir deuda, gracias a la modificación introducida a su Carta Orgánica por el Decreto de Necesidad y Urgencia 401/03, tiene en estos momentos una deuda neta, correspondiente a letras y pases pasivos con entidades financieras, equivalente a u$s 14 mil millones de dólares. De tal manera las reservas realmente disponibles por el Banco Central como contrapartida de la base monetaria solo llegarían a poco mas de u$s 21 mil millones. Muy por debajo de los u$s 32 mil millones que sería la exigencia legal. Ante este delicado cuadro en que se encontraría el Banco Central (que no mejoraría sustancialmente aunque cuando no se hubiese producido la triangulación en la colocación de deuda de la cual vehementemente sospechamos) el disponer alegremente de u$s 6.569 millones como ordena el DNU 2010 es un acto de desadministracion casi demencial, porque de tal manera las reservas en el mejor de los casos, quedarían en u$s 19 mil millones, y en el peor de los casos en u$s 15 mil millones. O sea menos de la mitad de las reservas exigidas legalmente.
Y ante el supuesto de que el Poder Ejecutivo se apropiara de los u$s 17 mil millones al que se auto autorizó por el DNU 2010, a cuyo cumplimiento opuso reparos el Lic. Redrado, la situación sería calamitosa, ya que las reservas realmente disponibles como contrapartida de la base monetaria descenderían a u$s 5 mil millones, resultando necesario para equilibrar esto un dólar a 12 pesos, si no existiera la triangulación en la colocación de deuda antes referida. Y un dólar a 23 pesos si esta existiera. Ante este panorama que representaría una vuelta de la Argentina a la catástrofe económica financiera del año 2001, resulta indudable que los reparos puestos por parte del presidente del Banco Central Lic. Redrado a la implementación del ilegal e irracional DNU 2010, son propios de los que debía oponer cualquier administrador prudente y diligente, en defensa de los bienes que le fueron confiados, en el marco bimonetario con absoluta libertad en el movimiento de capitales, en el que el Banco Central desenvuelve sus operaciones.
4. Por último, no puedo dejar de apuntar la existencia de graves inconsistencias, lindantes con la falsedad ideológica, en el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 18/08, por el que se dispuso la remoción del mencionado funcionario, y se instruyó al Procurador del Tesoro a efectuar denuncia penal contra él. Estas inconsistencias son de una gravedad tal, que podrían llegar a configurar una falsa denuncia.
En efecto, en el referido DNU 18/08 a los efectos de configurar los cargos reprochados al Lic. Redrado en estas actuaciones, se invoca para ello la opinión de la Gerencia Principal de Asuntos Legales, a cargo del Dr. Marcos Moiseef, pese a que conforme el organigrama del Banco Central que figura en el portal de este organismo, quién debía expedirse respecto ese tema es la Gerencia Principal de Estudios y Dictámenes Jurídicos, a cargo de la Dra. María del Carmen Urquiza.
En la página “Organización” del portal del Banco Central, están claramente discriminadas ambas funciones, sin ninguna ambigüedad ni confusión, estando a cargo de la Gerencia Principal de Estudios y Dictámenes Jurídicos a cargo de Urquiza: "Asistir y asesorar en materia jurídica a las autoridades y a las áreas y unidades orgánicas de la Institución, emitiendo dictámenes e informes en los aspectos relacionados con la aplicación del régimen jurídico." Y está a cargo de la Gerencia Principal de Asuntos Legales a cargo de Moiseff: "Ejercer el patrocinio y la representación legal de la Institución cuando ésta deba actuar en asuntos de naturaleza penal o Institucional".

Es público y notorio conforme lo trascendido a través de la prensa, que la Gerencia Gerencia Principal de Estudios y Dictámenes Jurídicos a cargo de Urquiza, se expidió plenamente a favor de la postura adoptada por el Lic. Redrado. Por su parte según también trascendió en la prensa, Moiseff, a cargo de la Gerencia Principal de Asuntos Legales, se habría expedido sobre lo que no le correspondía mientras gozaba de vacaciones, a través de un mail, que habría servido de fundamento para la confección del DNU 18/10. Y en premio de este inusual favor efectuado al gobierno al brindar los fundamentos de ese decreto, y para asegurar en alguna manera la validez de ese informal dictamen, Moiseff fue premiado según también trascendió en la prensa, con su designación, en el periodo en que Redrado estuvo suspendido en sus funciones, como titular de la Subgerencia General Jurídica, puesto que se encontraba vacante hasta ese momento. Titularidad que a su vez habría perdido cuando Redrado reasumió su cargo en el Banco Central, razón por la cual Moiseff, movilizado seguramente por los mismos intereses, efectuó recientemente una denuncia penal contra Redrado, según también trascendió en la prensa.
Otro elemento de cargo empleado para destituir a Redrado y para pedir su procesamiento penal, fue el comunicado de ADEBA (Asociación de Entidades Bancarias Argentinas), firmado por el banquero Jorge Brito, íntimamente relacionado con el gobierno. Según trascendió en la prensa, Britos habría emitido ese comunicado, por un requerimiento efectuado por el ex presidente Néstor Kirchner, y sin la consulta ni la conformidad de sus pares en ADEBA.
De ser ciertos estos pormenores difundidos por la prensa en relación a la confección del DNU 18/10, esto pondría en evidencia una degradación absoluta en sus procederes por parte de determinadas figuras de este gobierno, al haberlo convertido, mediante artilugios y tramoyas degradantes para cualquiera que ejerza el poder con dignidad, en el “Deus ex machina” de una denuncia penal, que evidentemente solo puede prosperar si la Justicia incumpliera gravemente el rol que tiene destinado en la sociedad.
5. Tampoco puedo dejar de apuntar el inusitado regreso al año 2001, que supone el dictado DNU 18/10, en el que se transcriben extensamente las consideraciones vertidas en el decreto 460 de abril del año 2001. Con el cual, con la firma de De la Rua y Cavallo, se removió de su cargo al entonces presidente del banco Central Pedro Pou, quien con una extraña similitud con el caso actual, se oponía también al uso de las reservas para pagar deuda, y a su canje por títulos públicos.
Se puede decir que ese decreto, dictado a principios del año 2001, cuando las reservas financieras y de la convertibilidad había llegado a su record histórico, fue el comienzo de la catástrofe socioeconómica que se produjo al final de ese año, con la instauración del célebre corralito; al constatarse que las reservas financieras habían desaparecido, al haber sido sustituidas por títulos públicos par parte de los banqueros, y las de convertibilidad estaban en vías de extinción.
Esta inusitada vuelta al pasado también se configura con la propuesta del gobierno, de que el ex director del FMI Mario Blejer vuelva a encabezar el Banco Central. Pese a que desembarcó en dichas funciones en plena crisis del año 2001, junto con el préstamo extraordinario que nos otorgara el FMI para reforzar las reservas, con la casi evidente intención de desempeñarse como comisario político de ese organismo en el BCRA, para que las divisas se fugaran adonde debían fugarse, y no se destinaran a ninguna otra cosa, aunque esto tuviera por objeto el bienestar del país.
A esto se le suma el hecho de que es este mismo personaje, a quién las auditorias externas del BCRA le rechazaron el balance del año 2001, por la graves anomalías que contenía, con las que encubrió el vaciamiento que se había perpetrado en el sistema financiero en el transcurso de ese año, mediante el empapelamiento de las reservas financieras con títulos públicos, razón por la que está procesado penalmente en la causa del corralito, por pedido del fiscal Amirante. Con la plena complicidad de Blejer, ese descomunal vaciamiento se disimuló haciendo figurar a los títulos públicos con que se habían empapelado las reservas, como “prestamos garantizados”, para de esta manera dar a entender al público, que la caída de los préstamos con que se atendió la fuga de depósitos de los bancos no había existido, y que esta había sido atendida con las reservas financieras, cuando en realidad había ocurrido todo lo contrario.
Como si estos antecedentes absolutamente descalificantes fueran pocos, a ellos se le suma las prohibiciones existentes en el código de ética que caen respecto su nombramiento, al desempeñarse actualmente Blejer como director del BHN y de YPF, habiéndose desempeñado hasta hace poco como director del Banco de Inglaterra.
Por todo lo aquí expuesto, en relación a esta situación lindante con lo grotesco, en que la tragedia del año 2001 parece querer repetirse ahora nuevamente como farsa, creo humildemente que el mejor servicio que los Sres. Legisladores pueden brindar al país y al actual gobierno, y en especial a la Sra. Presidenta, es el rechazo liso y llano y de inmediato del DNU 2010/09, por sus enormes exageraciones a favor de los acreedores; los riegos enormes que implica para las reservas, poniendo al país en manos de sus acreedores judiciales; y la inquietud que esto está suscitando en el sistema financiero, que podría tener derivaciones fatales con una inesperada vuelta al 2001.
No puede escapar de su consideración la enorme improvisación e impericia que en todo este asunto ha demostrado poseer el Sr. Ministro de Economía Lic. Amado Boudou. Quién ahora en una actitud absurda e infantil acusa al juez norteamericano Griesa de "embargador serial", al mismo tiempo que propone lanzar bonos por u$s 15 mil millones, prorrogando la jurisdicción de los mismos a favor de ese "embargador serial".
Sugiero que los Sres. Legisladores junto con el rechazo al DNU 2010/09, deberían recomendar la remoción inmediata del Sr. Ministro Amado Boudou, por la manifiesta falta de idoneidad que ha manifestado en su accionar, y por su prurito de manifestar de cualquier manera una actitud amistosa hacia los acreedores, como en los mejores tiempos de las relaciones carnales de Menem y Cavallo. No otra cosa se puede decir del DNU 2010, que es una mezcla del blindaje del año 2.000 de Machinea, que puso el ahorro de los argentinos a disposición de los acreedores; y de la ley de "déficit cero" de De La Rúa-Cavallo del año 2001, que puso como primera prioridad el pago a dichos acreedores, por sobre todos los otros restantes sectores.
Y esto al solo efecto de llevar adelante un “megacanje” como el de aquellos tiempos, en el que se beneficiarán notablemente los mismos bancos inveteradamente involucrados en la cuestión de la deuda. Que están por hacer un pingue negocio tras haber comprado a precio de ganga bonos en default, con motivo de la crisis financiera que asoló a EE.UU.
Ante la pretensión del gobierno de que ese enorme negociado se viera correspondido al menos en parte con un simbólico aporte de plata fresca con módicos intereses por parte de esos frescos banqueros, la contra exigencia de estos fue que se pusieran a las reservas como garantía de pago de dichos bonos. Y así nació en forma retorcida y equívoca el hoy famoso DNU 2010, cuya fama puede llegar a superar largamente la de la resolución 125.
Como si por una maldición estuviéramos atados al eterno corsi y ricorsi de la cuestión de la deuda, no puedo dejar de resaltar la vuelta del bipartidismo de la deuda, con la “solución” de desplumar al Central -pero en cuotas que no se note- que sugirieron dos viejos conocidos de la deuda: los hoy asesores Baglini y Brodershon. El primero autor del triste teorema posibilista, que a la deuda no hay que investigarla, sino pagarla religiosamente de cualquier manera, y agachando lo mas posible al cabeza. Y el segundo uno de los principales artífices por la que el radicalismo aceptó en 1984 hacerse cargo de una deuda claramente odiosa.
En tal sentido les recuerdo a los Sres. Legisladores que aún duerme en el Congreso, sin el tratamiento jurídico-político correspondiente, el fallo recaído en la causa iniciada por Alejandro Olmos sobre la deuda ilegitima y fraudulenta. Y que además existen otras causas penales en proceso sobre operaciones de reestructuraciones de deuda, canjes y megacanjes, que no podrán seguir siendo ignoradas a la hora que el Congreso asuma la responsabilidad constitucional de “arreglar el pago de la deuda interior y exterior de la Nación” .


Sin otro particular lo saluda atentamente.




Ingeniero Mario Cafiero